La autoidentificación determina el sexo.
En Dinamarca para cambiar el sexo en la tarjeta de identificación o cédula de identidad, usted ya no tendrá que someterse a una operación quirúrgica, sino sólo decirlo.
Dinamarca se sumará este año al club de los países en que el sexo de la persona que se exhiba en los documentos públicos será el que la persona se autoasigne. Argentina fue el primer país en habilitarlo, incluso con una legislación más liberal.
A partir de ahora sólo basta la autocertificación. No es una broma, sino lo que ocurrirá a partir del 1 de septiembre en Dinamarca, donde, para cambiar la identificación de sexo en los documentos de identidad, la persona ya no tendrá que someterse a ninguna clase de cirugía.
Será, de hecho, suficiente – así lo afirma la nueva ley aprobada por el Parlamento de Dinamarca – con la auto-certificación de la persona interesada. Solamente dos requisitos: 18 años y seis meses de espera, durante los cuales, con la ayuda de psicólogos, ponderarán esta elección.
Se trata, obviamente, una ley que acoge plenamente las instancias de la teoría de género, que como es bien sabido, predica la total independencia de la identidad sexual de la biológica, sólo accidentalmente coincidentes.
Esta ley sólo estaba disponible en Argentina, donde desde 2012, la ley establece que para cambiar el sexo, sólo la persona tiene que ir al registro nacional, llenar el formulario, devolverlo en puerta y ya está. Obviamente Argentina es aún más liberal que Dinamarca en este aspecto.
Sólo hay una cuestión en la que, con referencia a la nueva ley de Dinamarca, puede ser útil tener en cuenta, y es el tiempo de ponderación de la elección antes de cambiar el sexo y el requisito mínimo de 18 años.
Pero a los ojos de los LGTB ¿No será tal vez una restricción injustificada y discriminatoria? ¿Si uno está seguro de lo que siente, porque una espera y porque tener dieciocho años, porque quizás un niño de 5 años ya se sienta una mujer?
Si el criterio fundamental de la calificación de la identidad es la percepción individual, de hecho, parece francamente hipócrita establecer límites de edad o, peor aún, causar tiempos de espera que, francamente, tienen solamente una especie de moralismo para que pase más desapercibida a los ojos de los conservadores morales.
Por esta razón, probablemente Dinamarca, imitando la legislación más permisiva de Argentina, pronto se de cuenta de la falta de sentido de estas restricciones, y actúe en consecuencia. O, alternativamente, decida regresar a la razón.
Pero hay un problema aún más complejo, y es el manejo de los documentos legales cuando la persona cambie más de una vez de sexo en su vida.
La teoría queer se está extendiendo dentro de los homosexuales, y dice que cada persona puede ser del sexo que quiera en cada momento diferente, en la mañana un hombre y de noche una mujer por ejemplo.
Como el sexo puede variar entonces, nos enfrentaremos al hecho de que una persona aparecerá en algunos documentos con el sexo masculino y en otros como femenino, según esté en el día que se fue a inscribir, y por tanto será posible que en diversos documentos tenga diferente sexo. Piense por ejemplo cuando una persona va a comprar un bien inmueble donde debe contar su identificación.
Y esto sucederá porque resultará imposible que todos los documentos legales que mencionan a la persona cambien al unísono cuando la persona cambie su autoidentificación sexual. Esto conllevará un problema legal y notarial adicional.
Fuentes: Tempi, Signos de estos Tiempos